Espacio para la Asociación Colombiana de Hematología y Oncología - ACHO. Sitio informal, ocasionalmente irreverente, pero no poco serio que propugna por los intereses de la ACHO, y de los pacientes con cáncer y enfermedades de la sangre en Colombia.

viernes, 17 de junio de 2011

Hacia una reglamentación de la Ley Sandra Ceballos - Medellín

Qué
Se realiza en Medellín el 16/06/2011 la primera reunión regional de la ACHO "Hacia la reglamentación de la Ley Sandra Ceballos". La reunión fue convocada por nuestro presidente Raimundo Manneh y fue dirigida por nuestro asesor jurídico, el Dr. Julio Guzmán.

Por qué
La Ley 1384 del 19 de abril de 2010 - "LEY SANDRA CEBALLOS, POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS ACCIONES PARA LA ATENCiÓN INTEGRAL DEL CÁNCER EN COLOMBIA" es una poderosa herramienta que nos da el legislativo colombiano para mejorar desenlaces relevantes en cáncer en el país. Sin embargo, después de 14 meses de vigencia ésta no ha sido reglamentada. Por ello no es operativa. El Ministerio de Protección Social es encargado de su reglamentación, implementación, vigilancia y control. La Ley Sandra Ceballos estipula que el ministerio recibe asesoría para su reglamentación de las Sociedades Científicas, como la ACHO, las asociaciones de paciente y el Instituto Nacional de Cancerología. Como se puede apreciar, con esta introducción, la ACHO como sociedad científica, tiene una oportunidad única de participación en este importante proceso que, bien utilizado, puede proteger los intereses de los pacientes con cáncer en Colombia.

Cómo
Después de la introducción del Dr. Manneh, y de la exposición del Dr. Guzmán, se procedió a una extensa discusión sobre la forma como la ACHO puede participar activamente en la reglamentación de la Ley Sandra Ceballos.

En la exposición del doctor Guzmán se resaltó cómo la Ley Sandra Ceballos declara el cáncer como una enfermedad de interés en salud pública y prioridad nacional para la República de Colombia (Artículo 5). Paradójicamente, el cáncer no es enfermedad de obligatorio reporte; tampoco hay presupuesto destinado al cáncer en forma específica en el Plan Nacional de Desarrollo o en la Dirección Seccional de Salud de Antioquia; el ministerio de protección social dejó vencer los términos para la reglamentación de la Ley en cuestión sin convocar a los diferentes estamentos que deberían asesorarlo. La responsabilidad por la inactividad no es exclusiva del ministerio, pues también hay pasividad de los otros actores (con la excepción de las asociaciones de pacientes que ya se han puesto a disposición del ministerio, como explicó el Dr. Gustavo Campillo, de la Mesa Nacional de Cáncer). Mientras tanto, el vacío que se genera permite que algunos poderosos (y desprestigiados) actores del sector salud continúen fomentando una atención discontinua, fragmentada y sin coordinación del cáncer buscando como fin último satisfacer otras metas distintas a la que debería animarlos: menos sufrimiento y muertes por cáncer en Colombia.

Se expone la definición de Unidades Funcionales contemplada por la Ley como "unidades clínicas ubicadas al interior de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, habilitadas por el Ministerio de la Protección Social o quien este delegue, conformadas por profesionales especializados, apoyado por profesionales complementarios de diferentes disciplinas para la atención integral del cáncer, su función es evaluar la situación de salud del paciente y definir su manejo, garantizando la calidad, oportunidad y pertinencia del diagnóstico y el tratamiento, Debe siempre hacer parte del grupo, coordinarlo y hacer presencia asistencial, un medico con especialidad clínica y/o quirúrgica con subespecialidad en oncologia." (Artículo 4, c. Desarrollo adicional en el Artículo 8). Rodolfo Gómez y Pedro Reyes destacan cómo la definición de unidad funcional es INSUFICIENTE para lograr la meta de la Ley. Se comisiona a Rodolfo Gómez, Pedro Reyes y al suscrito para que desarrollen una propuesta de definición de unidad funcional que articule los principios que guiaron a la Ley.

Sobre las Guías de Práctica el doctor Guzmán explica que la ley establece: "El Ministerio de la Protección Social con asesorla del Instituto Nacional de Cancerología y las sociedades científicas clínicas y/o quirúrgicas relacionadas directamente con temas de oncología y un representante de las asociaciones de pacientes debidamente organizadas, elaborará y adoptará en un plazo de 6 meses después de entrada en vigencia la presente ley de manera permanente las Guias de Práctica Clínica" (Artículo 7, parágrafo 1). En este punto se entabla un debate sobre las guías de manejo en oncología. Específicamente, algunos participantes consideran que la incorporación de las guías de la NCCN (incorporadas por la ACHO desde hace ya más de 1 año) tienen ventajas grandes como la solidez científica y la actualización permanente. También se le reconocen debilidades para la implementación en Colombia que incluyen la utilización de algunas tecnologías y medicamentos de costo-efectividad dudosa, que pueden generar distorsiones al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Más importante aún, es la percepción de que el Instituto Nacional de Cancerología no estaría dispuesto a incorporarlas - sin revisión extensa. Por estas razones, se considera imperativo que la ACHO busque acercamiento con el Instituto Nacional de Cancerología para hacer una propuesta común de guías al ministerio de protección social. El Dr. Manneh se ofrece para encargarse de afianzar los nexos entre la ACHO y el Instituto Nacional de Cancerología, y su nueva dirección. Hay urgencia en la resolución de este punto, puesto que hay amenazas que temer, y oportunidades que perder: que el vacío de las guías sea llenado por el Ministerio de la Protección Social con el concurso de otros actores menos calificados (en oncología, al menos), vulnerando el espíritu de la Ley; o con el concurso de otros actores que tengan metas distintas a las establecidas por la Ley. La oportunidad que se tiene es que la CRES (Comisión de Regulación en Salud) ha manifestado que no evaluará técnicamente las guías de práctica que se adopten conforme a lo estipulado por esta Ley. Ello significaría que todos las acciones, procedimientos, medicamentos e insumos que se deriven de ésta entrarían de-facto en el Plan Obligatorio de Salud, como lo explicó el Dr. Gustavo Campillo.

Finalmente, el Dr. Guzmán nos informa los puntos específicos donde la Ley Sandra Ceballos invita a la participación de las Sociedades Científicas. Estos puntos son oportunidades de reglamentación. Al momento de escribir este informe, no tengo el documento guía del Dr. Guzmán, así que utilizaré la memoria de lo que más o menos recuerdo eran los puntos. Al frente, se listan los asociados ACHO que asumen el reto de cada punto (voluntaria).

1. Promoción y prevención: No definido (se sugiere un epidemiólogo clínico)

2. Indicadores de gestión: Jaime González

3. Una cosa nebulosa como el punto 1: No definido (algún burócrata futuro)

4. Elaboración de guías: Rodolfo Gómez, Rubén Darío Salazar

5. Investigación: Alicia Henao, Andrés Ávila, José Almenárez

6. Evaluación de nuevas tecnologías: Adriana Castaño, Claudia Vargas, Pedro Reyes


Quién
Presidente ACHO: Raimundo Manneh
Asesor jurídico ACHO: Julio Guzmán
Invitado especial: Gustavo Campillo (Mesa Nacional de Cáncer)
Miembros ACHO: José Almenárez, Andrés Ávila, Adriana Castaño, Rodolfo Gómez, Jaime González, Alicia Henao, Mauricio Lema, Alejo Jiménez, María Elvira Montoya, Pedro Reyes, Rubén Darío Salazar, Luz Deisser Suárez, Claudia Vargas.

Quién no
Miembros de la ACHO que confirmaron asistencia, y no lo hicieron: Andrés Yepes, Fabiola Vizcarra y Domingo Saavedra (incapacitado). Miembros de la ACHO que enviaron propuesta, y se excusaron de asistir: Mauricio Jaramillo, León Darío Ortiz

Duración de la sesión: 7:30 pm a 11 pm.

1 comentario:

  1. Definitivamente muy enriquecedor el encuentro con los oncólogos y hematólogos de la ciudad de Medellín en el que se demostró el interés en participar activamente en la reglamentación de la ley 1384 (Ley Sandra Ceballos). Excelente el nivel de discusión demostrado por cada uno de los miembros asistentes. sin dudas feliz por el desarrollo del mismo.

    Me contacté vía chat de BB con el doctor Raúl Murillo quien me comento que esta semana que inicia recién darán comienzo a la labor por lo que considero es el mejor momento para discutir con ellos la temática de las guías.

    Reitero mis agradecimientos.

    Planeamos la siguiente reunión en la ciudad de Cali a mediados de julio de 2011.

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